• Jue. Sep 19th, 2024

Despido

 

¿Qué es la rescisión de la relación laboral?

Es cuando se concluye la relación laboral (es decir, se pierde el empleo). Tanto la persona trabajadora como la persona empleadora pueden rescindir la relación.

¿Cuándo la persona empleadora puede rescindir la relación laboral sin responsabilidades?
(Es decir, es un despido justificado).

  • • Si la persona trabajadora engañó o mintió para obtener el trabajo sobre sus capacidades, facultades, conocimientos para desempeñar el
    trabajo (esta causa queda sin efecto después de 30 días de empezar a trabajar).
    • Realizó actos violentos o amenazas contra la persona empleadora, sus familiares o el personal administrativo de la empresa, salvo en defensa propia.
    • Cometió fuera de la jornada laboral alguno de los actos anteriores en contra de la persona empleadora, sus familiares o personal administrativo.
    • Cometió actos violentos o amenazas contra alguna otra persona trabajadora y como consecuencia de ello se altera la disciplina del centro de trabajo.
    • Ocasionó intencionalmente perjuicios materiales en las maquinas, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.
    • Si el daño mencionado anteriormente se realizó de manera grave, sin intención, pero por descuido.
    • Faltó más de tres veces en un periodo de 30 días sin causa justificada.
    • Desobedeció indicaciones de la persona empleadora o sus representantes sin causa justificada, siempre y cuando se trate de algo relacionado al trabajo.
    • Llegó al trabajo en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos, salvo que exista prescripción médica.
  • Si la persona trabajadora es sentenciada a pena de prisión.
    •Cometió actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona del centro de trabajo.

¿Qué pasa si como persona trabajadora cometes alguna de las causas señaladas en la pregunta anterior y que se encuentran establecidas en el artículo 47 de la LFT?

La persona empleadora te puede despedir de manera justificada, pero te debe notificar por escrito de manera directa o bien a través de Tribunal Laboral. Solo te pagará lo que te adeude al momento del despido justificado.

Me despidieron injustificadamente, ¿qué hago?

Ante todo, intenta guardar la calma, nadie puede presionarte. Algunas personas empleadoras lo que hacen es presionar
para que tomes lo primero que se ofrece. Si te despiden injustificadamente considera lo siguiente:

• No firmes ningún documento o pongas tu huella impresa (aunque te amenacen de cualquier forma), ni caigas en provocaciones.
• No aceptes lo primero que te ofrecen. Es importante que pienses bien la decisión, tienes 60 días para demandar en caso de que no haya acuerdo.

¿Tengo derecho a demandar si soy despedido o despedida injustificadamente?

Si, al despedirte injustificadamente la persona empleadora está afectando tus derechos, por lo que tú puedes demandar ante el Tribunal Laboral tu reinstalación, o en su defecto tu indemnización.
La indemnización que marca la ley consiste en:

• 3 meses de salario correspondiente al momento del pago.
• Prima de antigüedad (12 días de salario mínimo por cada año trabajado)
• Las prestaciones que hayas generado hasta la fecha (vacaciones, aguinaldo, etc.).
NOTA: En caso de ir a juicio laboral, si la persona empleadora no logra justificar el despido, tienes derecho a que se te pague el importe de tus salarios vencidos desde la fecha de tu despido hasta por 12 meses, correspondientes al salario en el momento del pago. Si el juicio dura más de ese plazo, tienes derecho a que se te paguen los intereses que se generen sobre el importe de 15 meses de salario al 2% mensual.

El nuevo modelo de justicia contempla como obligatorio que antes de presentar una demanda intentes la conciliación ante el Centro de Conciliación ya sea Local o Federal que te corresponda.
En caso de que no llegues a ningún arreglo con la persona empleadora, el Centro de Conciliación correspondiente te entregará la Constancia de No Conciliación y este documento te servirá para acompañar tu demanda en los Juzgados correspondiente.

¡RECUERDA! Es obligatorio acudir a esta instancia, pero no es obligatorio aceptar la propuesta de conciliación

 

 

 

 

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